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Demanda de alimentos en Colombia, todo lo que debes saber.

Marzo 2023

Carlos Perdomo Abogados

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La demanda de alimentos, es un medio de defensa que hoy en día, las mujeres son las que más hacen uso del medio, ya que es conocido, la frecuencia de casos en que es la madre la que se queda con los hijos y los papás no responden económicamente por ellos.

Y es precisamente por eso, que la Ley Colombiana ha establecido unos parámetros y procedimientos hechos con el fin de defender los derechos de la mujer y de sus hijos. Aunque han sucedido casos contrarios, en los que el padre de familia se queda con la custioda de sus hijos y la madre no responde, por regla general, lo común es lo primero.

Si eres madre cabeza de hogar, en este artículo conoceras información esencial para poder realizar una demanda alimenticia en el momento que necesites.

Qué es una demanda de alimentos?

Es toda aquella demanda en la cual se solicita o se reclama el apoyo de uno de los padres que no vive con los hijos, pero que debe aportar económicamente para el sustento de ellos, y sin embargo, dicho padre ausente se ha negado a aportar conforme manda la ley Colombiana.

Sin embargo debes tener en cuenta, que antes de realizar dicha demanda debes de realizar un proceso de conciliación en el cual se dialoga o se da una oportunidad al padre de familia implicado, para arreglar la situación y acordar un pago razonable conforme a lo que gana mensualmente. Este tipo de arreglos, se realizan en las sedes reglamentadas para ello, como son: Defensoría de Familia del ICBF, Comisaria de Familia, Centros de conciliación autorizados por la Ley (Notarias, Facultades de Derecho de Universidades, privados), Procuradurías delegada para la Infancia, la Adolescencia y la Familia, Defensorías del Pueblo.

¿Qué abarca una demanda de alimentos?

Los alimentos en este caso se refieren a todo recurso que resulte indispensable para la vida y subsistencia de un individuo. En pocas palabras, todo aquello completamente necesario para sostener la vida y el bienestar inmediato de tus hijos. Como la vivienda, la alimentación, educación, recreación, entre otros sectores dependiendo de las circunstancias de cada persona implicada.

¿Cuánto debde de aportar económicamente el padre de familia implicado?

La cantidad de aporte económico, o "cuota alimentaria", depende de la capacidad económica del padre o la madre y las circunstancias y necesidades primordiales del hijo o hijos en cuestión.

Por ejemplo es de hecho general que se aporte comúnmente, el 50% del total a gastar para cubrir las necesidades inmediatas del o de los hijos.

Sin embargo, en caso de que el padre de familia no pueda aportar lo suficiente por dificultad económica, según el artículo 260 del Código Civil de Colombia, existe la opción de pasar la responsabilidad alimenticia a los abuelos.

Otra opción disponible es disminuir la cuota acordada de alimentación si se presentan pruebas de dificultad económica pero que aún así el padre de familia implicado puede aportar solo que en menor cantidad.

¿Cuáles son las consecuencias de que el padre implicado decida negarse a pagar la cuota acordada?

Si se ha realizado una conciliación debida, y aún así el padre de familia se rehúsa a pagar la cuota en cuestión. Se puede proceder a hacer la demanda ejecutiva de alimentos, presentada debidamente ante un Juez de familia, mediante este proceso se embarga el sueldo para pagar las cuotas reglamentadas. E incluso se puede llegar el caso a una condenación por ley, si dicho padre imlplicado mantiene su negación a pagar la alimentación.

Asesoría profesional siempre disponible:

Sabemos lo tedioso o estresante que aveces pueden llegar a ser las demandas alimenticias, y aún mas que eso, queremos que tengas éxito en dichas demandas. Por lo que en la oficina Jurídica Carlos Perdomo Abogados Sas, contamos con los mejores expertos en el área de derecho de Familia y procesos de demandas por alimentos.

Contáctanos a la siguiente línea de atención:

3102387396